El acto eleccionario se llevaría a cabo en el atrio de la Iglesia o en el
portal exterior de las casas de los jueces departamentales. La mesa electoral
decidiría de todas las cuestiones, rechazaría votantes, ordenaría el arresto de
todos los que pretendieran votar con nombres supuestos y recibiría los votos
verbales o escritos, principiando la votación a las 8 de la mañana y
finalizando al entrarse el sol, pudiendo seguir el día siguiente si hubiera mas
gente para votar ... (MBT)
"La revolución viene oliendo a jazmín..." Félix Luna
BIENVENIDOS
Este blog ha sido creado con el objeto de brindar información de interés cultural y agenda de las actividades programadas por esta Dirección.
jueves, 20 de septiembre de 2012
Primera ley electoral para votar directamente legisladores en La Rioja
El 20 de septiembre de 1958 la Legislatura
sanciona la ley número 64 que será promulgada sin modificaciones por el
ejecutivo, referente a las elecciones en la provincia. En 18 artículos trata de
la manera como serían elegidos los diputados provinciales y nacionales, de
manera directa por el pueblo.
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