1866 - La ley número 128
declaraba de curso legal en la provincia la moneda boliviana: los pesos de 500
gramos por 10 reales y los de 400 por 8, y en proporción la moneda en fracción.
La Rioja que tenia una Casa de Moneda (donde actualmente se levanta el Colegio
Provincial N° 1 “Joaquín V. González”) había desaprovechado por torpeza, mala
fe y otra serie de malas acciones la oportunidad de acuñar una moneda segura y
de curso legal no sólo en La Rioja sino en el país. Como era una moneda poco
segura, esta importante entrada no pudo hacerla suya y debió resignarse a
utilizar la moneda boliviana.
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